Tipificar el Feminicidio como un delito grave, con sanciones de 40 a 70 años de prisión, y de 700 a cinco mil días multa cuando exista Violencia de Género, forman parte de las reformas aprobadas por unanimidad de la LVII Legislatura del Estado de México, cuyo objetivo es garantizar el acceso a la justicia y establecer dispositivos para una investigación criminal con perspectiva de género. Este delito se considerará como violencia de género cuando haya la privación de la vida, asociada a la exclusión, subordinación, discriminación, o explotación; cuando ocurra en contra de una persona con quien se haya tenido una relación sentimental, afectiva, o de confianza, laboral o escolar; cuando el agresor haya ejecutado conductas sexuales crueles o degradantes o mutile a la víctima, o cuando existan con antelación actos que constituyan actos de violencia familiar del ofensor hacia el ofendido.
No hay comentarios:
Publicar un comentario