Fue aprobada por unanimidad, tipificar como abuso de autoridad cuando un servidor público remita, sin causa justificada, uno o más vehículos al corralón o depósito de vehículos para su resguardo.
Las comisiones legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia de la LVII Legislatura del Estado de México, con la adición del artículo 136 Bis al Código Penal del Estado de México, establecieron que se impondrán de uno a cinco años de prisión y de 30 a 150 días de multa al funcionario que incurra en dicha conducta.
La sanción también amerita la destitución e inhabilitación de dos a ocho años para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos.
Con las modificaciones al documento, sugeridas por el diputado Ricardo Moreno Bastida, se busca evitar abusos en perjuicio de la economía y patrimonio de los ciudadanos.
La iniciativa, presentada por el Ejecutivo estatal, tiene como objetivo beneficiar a los usuarios de los servicios de arrastre, salvamento, guarda, custodia y depósito de vehículos particulares.
En este sentido, expone que tiene como encomienda que las principales demandas de la ciudadanía en materia de servicios auxiliares de transporte sean debidamente atendidas.
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