lunes, 17 de febrero de 2014

Sanciones Más Severas por Delito de Trata de Personas

El Senado aprobó el miércoles por unanimidad nuevas reformas a la ley en materia de combate a la trata de personas para añadir agravantes por  nuevas conductas delictivas y para aplicar sanciones más severas.

La reforma ahora precisa la variedad de delitos que pueden ser considerados como trata de personas, como la explotación con fines pornográficos, el turismo sexual de menores de edad, el matrimonio forzado, el embarazo forzado, la servidumbre forzada, para extraer órganos y el reclutamiento forzado en un grupo armado.


La nueva ley también incluye más obligaciones para que la autoridad preste ayuda a las víctimas, como dar asistencia jurídica, de salud, de educación, empleo, reunirlas con sus familias y regresarlas de forma segura a su lugar de residencia.

Además, la reforma obliga a las 32 entidades a crear refugios, albergues o casas de transición para las víctimas de trata, en vez de sólo “apoyar” su creación, como lo pedía la ley anterior.

Las penas aumentarán en 50% cuando el inculpado tenga relación familiar o civil hasta el tercer grado o hasta el segundo grado por afinidad, habite en el mismo domicilio o haya tenido relación sentimental con la víctima.
Rosi Orozco, exdiputada y activista contra la trata de personas, aseguró que la legislación aprobada mejora en aspectos como protección a la niñez.
Asimismo, señaló que La Organización para la Cooperación y del Desarrollo Económicos (OCDE), calcula que cada año alrededor del mundo se generan ganancias cercanas a los 32,000 millones de dólares por la trata de personas en sus diferentes modalidades: trabajo forzado, tráfico sexual, servidumbre doméstica involuntaria o por deuda, trabajo forzado, tráfico de niños.

Este delito es uno de los más lucrativos del mundo, solo después del tráfico de drogas y de armas, según la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

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